
El Tribunal Regional de Múnich falló mayoritariamente a favor de GEMA en su demanda contra Suno, la plataforma estadounidense que permite generar canciones mediante inteligencia artificial.
La corte concluyó que Suno vulneró derechos de autor al utilizar obras protegidas durante el entrenamiento de sus modelos, conservar elementos reconocibles de esas composiciones y generar resultados con similitudes sustanciales frente a las canciones originales.
La resolución, emitida el 31 de julio de 2026, concedió en gran medida las solicitudes de GEMA relacionadas con el cese de las infracciones, la entrega de información y el pago de daños. Sin embargo, el fallo todavía no es definitivo y puede ser impugnado.
Seis canciones formaron parte del caso
La demanda se concentró en seis composiciones: “Atemlos durch die Nacht”, “Rasputin”, “Big in Japan”, “Forever Young”, “Mambo No. 5” y “Daddy Cool”.
GEMA argumentó que esas obras habían sido empleadas como material de entrenamiento y que sus elementos musicales permanecían almacenados dentro de los modelos de Suno. Para demostrarlo, generó distintas piezas utilizando instrucciones que incluían los títulos, las letras originales y descripciones generales de estilo, pero no especificaban melodías, armonías, ritmos o arreglos.
De acuerdo con el tribunal, los resultados conservaban elementos reconocibles de las composiciones originales. La corte consideró que esas coincidencias no podían atribuirse únicamente al azar ni a patrones musicales generales.
El fallo no se refiere a la reproducción de las letras, sino a similitudes relacionadas con la melodía, la armonía, el ritmo y la estructura musical.
El modelo habría memorizado las obras
Uno de los puntos centrales de la resolución fue el concepto de “memorización”. Para el tribunal, un modelo no se limita a analizar información cuando conserva partes de una obra en sus parámetros de una manera que permite reproducirlas posteriormente.
La corte determinó que las seis canciones podían recuperarse de forma reconocible mediante los modelos v3.5 y v4 de Suno, alojados en servidores de Alemania. Por esa razón, consideró que existía una reproducción de las obras dentro del propio sistema.
También rechazó que este uso quedara protegido automáticamente por las excepciones legales destinadas al análisis de textos y datos. Según el criterio del tribunal, esas excepciones pueden cubrir ciertos procesos preparatorios, pero no justifican que una obra permanezca almacenada y pueda reaparecer en los resultados.
Suno sostuvo que sus modelos aprenden patrones matemáticos generales, que las canciones no estaban almacenadas y que las posibles similitudes eran consecuencia de las instrucciones utilizadas por los usuarios. La corte no aceptó esos argumentos y atribuyó la responsabilidad de los resultados a la compañía.
El entrenamiento ocurrió en Estados Unidos
El caso también tiene una dimensión internacional. El entrenamiento de los modelos ocurrió en Estados Unidos, pero la corte alemana se declaró competente para analizar las reclamaciones presentadas por GEMA.
El tribunal aplicó la legislación estadounidense a las copias realizadas durante el entrenamiento y concluyó que, en este caso específico, el uso de las canciones no estaba protegido por la doctrina de fair use. La resolución tomó en cuenta que los resultados permitían reconocer partes sustanciales de las obras originales.
Es la primera vez que un tribunal europeo decide sobre el entrenamiento de un sistema realizado en Estados Unidos. No establece que todo entrenamiento de inteligencia artificial sea ilegal, pero sí marca un límite cuando las obras protegidas permanecen reconocibles dentro del modelo y pueden reaparecer en sus resultados.
La sentencia abre una nueva etapa en la discusión sobre licencias, compensación y responsabilidad dentro de la música generada por inteligencia artificial. Su alcance definitivo dependerá de posibles apelaciones y de cómo otros tribunales interpreten casos similares.


